La lucha de poder a través del sistema de justicia no es nueva en Colombia. Sin embargo, algunos piensan que en el fondo está el debate sobre si se pueden atacar las sentencias con la acción de tutela. Es posible que algo de esto haya, y entonces hay que hacer claridad en una cosa: en estos casos lo que se ataca con la tutela no es la decisión judicial sino el rompimiento de las reglas establecidas para llegar a ella.
En Colombia todo está sometido a reglas que nunca se cumplen. En materia administrativa el debido proceso depende del funcionario de turno que siempre pone en práctica su propia teoría de cómo deben ser las cosas. Al fin y al cabo en este país de egos, de nada vale el poder si no se demuestra que se tiene. ¿No?
Pero la cosa es peor en materia judicial porque los funcionarios cargan un halo de majestad y una presunción de legalidad que, en muchos casos, se vuelven contra el ciudadano. Y si a eso se le suma la sed de cárcel de algunos medios de comunicación, lo que queda es la simple esperanza de que Dios se apiade de cualquier inocente.
¿Quién discutía en tiempos del sistema penal anterior un carcelazo ordenado por un fiscal vengativo? Al fin y al cabo la orden provenía de un “Fiscal de la república de Colombia” (halo de majestad) con poder judicial (presunción de legalidad). Lo importante es que el proceso se presentara con escándalo (componente mediático), para que los ciudadanos terminaran confundiendo la cárcel con la justicia.
Ante estas realidades la tutela ha cumplido una doble función. Por una parte ha logrado que en algunos casos la justicia sea real. Y por otra ha logrado igualdad en la relación Estado – Individuo. El ciudadano del común ya no se conforma con la injusticia. Ahora se pregunta siempre: “¿Podré poner una tutela?”
El nuevo choque de trenes es una muestra más de que en Colombia no existe una comprensión del derecho de la post guerra. El ejecutivo hasta ahora está descubriendo el derecho internacional. El legislativo todavía cree que la constitución es un discurso bienintencionado y no una norma. Y ahora el judicial se enfrasca en el superado debate de la primacía de la justicia material sobre la formal.
Lo que falta en este país son más acciones públicas. La de inconstitucionalidad por omisión, por ejemplo, es una de ellas. Pero seguiremos atrasados pues, increíblemente, el propio sistema es el que rechaza el ejercicio del derecho a acceder a la justicia. Por eso a lo mejor es la estructura de la rama judicial la que se quedó chiquita. Es difícil negarlo: En Colombia no solamente muchas veces sobra Código, sino casi que casi siempre, hace falta justicia.
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