Más allá de lo anterior, la realidad es que los gobernantes del presente no están solos. Y por eso cuando actúan, así sea buscando el bien de su país, tienen que tener en cuenta los vínculos con la comunidad internacional. El derecho internacional público es una verdadera ciencia y gracias a él, la política, cuando se hace de las fronteras hacia fuera, se lleva a cabo con la diplomacia, con las reglas y con las costumbres que la historia de las relaciones entre Estados ha ido generando.
En Colombia, sin embargo, esto parece no haber sido entendido todavía. O por lo menos hay dos hechos recientes que llevarían a pensar así. El primero es la nueva andanada de críticas del Presidente contra Amnistía Internacional. ¿Qué pretendió Uribe al emprenderla nuevamente contra esa ONG? La masacre de La Gabarra es un horror totalmente repudiable. De esto nadie puede tener dudas. Pero, ¿cuál es el rédito político nacional o internacional para el Presidente o para el país con esta crítica?
La verdad es que en materia internacional el palo no esta para cucharas y echarle leña al fuego no parece haber sido una gran idea. Por otro lado, en el plano interno, los ánimos están ya lo suficientemente caldeados como para remover la ampolla con las ONG. Por eso, desde el punto de vista político, fue tremendamente innecesario el desafío a Amnistía. Mucho más ahora que las reformas constitucionales recientemente aprobadas por el Congreso han sido verdaderos dardos envenenados contra el corazón de algunos tratados internacionales.
Precisamente ese es el segundo hecho que pone a pensar si realmente hay una conciencia del daño que en materia internacional se le está causando al país. La propia Constitución dispone que los tratados sobre derechos humanos que hayan sido aprobados por el Congreso hagan parte de la legislación interna. Esto es así, sólo que esos tratados no se vuelven una ley ordinaria que pueda ser reformada por otra, sino que entran a hacer parte de lo que se llama el bloque de constitucionalidad. Es decir, se convierten en una porción de la Constitución que no está escrita en su texto pero que realmente existe y tiene su misma fuerza.
Por lo anterior, en los casos en que las reformas constitucionales contradicen un tratado internacional, el problema no es sólo de orden interno sino también externo. Este es precisamente el caso del estatuto antiterrorista. Como el estatuto es en su mayoría contrario a varios pactos internacionales, la reforma constitucional no puede ser válida sin que antes el Gobierno denuncie los respectivos tratados. De otra forma, el Estado estaría desconociendo con legislación interna normas de derecho internacional que por su propia voluntad ha creado previamente.
En un mundo en el que la guerra se vive por televisión en tiempo real, en el que el orden depende muchas veces de lo que otros decidan y en el que la libertad ha pasado a ser el botín por excelencia, no se puede dar bandazos que manden un mensaje equivocado. Basta esperar que los asesores jurídicos de palacio entiendan esto y decidan ponerse a trabajar con la Constitución en la mano y en el tema internacional.
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